LEY DE REGULACIÓN DE LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN EN EDUCACIÓN
Reglamentar la proporción del tiempo de las transmiciones estipulando que un porcentage del horario diurno sea dedicado a transmisiones culturales, ambientales, sociales, cívicas y de más temas educativos, nombrados por la vinculación entre la Secretaría de Educación Pública y la Secretaría de Comunicaciones e instancias involucradas.